Inicio » Abastecimiento de productos » Productos químicos y plásticos » La UE eliminará el óxido de cromo (VI) de la lista de autorización

La UE eliminará el óxido de cromo (VI) de la lista de autorización

La UE eliminará el óxido de cromo (VI) de la lista de autorizaciones

El 27 de septiembre de 2023, la ECHA recibió el mandato de preparar un informe del Anexo XV para una posible restricción de sustancias de cromo (VI). La ECHA debería presentar una propuesta de restricción antes del 4 de octubre de 2024. Esta propuesta de restricción tiene como objetivo mejorar la eficacia y la gestión de las sustancias de cromo (VI) en la Unión Europea.

Antecedentes

El trióxido de cromo, junto con sustancias de cromo (VI) y otras diez sustancias que contienen cromo (VI), se agregaron a la Lista de autorización en marzo de 2013 y agosto de 2014. Estas sustancias pueden causar cáncer, mutaciones genéticas y toxicidad reproductiva, y algunas de ellas son también sensibilizantes cutáneos y respiratorios. Su fecha de vencimiento fue el 21 de septiembre de 2017 y el 22 de enero de 2019, respectivamente. Sin embargo, el número de solicitudes de autorización para el uso de determinadas sustancias de cromo (VI) superó con creces las predicciones del Comité de Evaluación de Riesgos (RAC) y del Comité de Análisis Socioeconómico (SEAC) y de la Comisión Europea, que también ejerció una influencia adversa en la supervisión de productos químicos peligrosos. Por tanto, la Comisión Europea considera que el método actual de autorización de sustancias ya no es aplicable para controlar su gestión de riesgos. 

Alcance de la restricción

La Comisión Europea exige a la ECHA que prepare un expediente de restricción de acuerdo con los requisitos del anexo XV en vista de una posible restricción de al menos dos sustancias de cromo (VI): trióxido de cromo y ácido crómico.

Si la ECHA identifica un riesgo potencial de sustitución lamentable por otras sustancias de cromo (VI) durante la preparación de la propuesta de restricción, es posible ampliar el mandato para cubrir sustancias de cromo (VI) adicionales. Sin embargo, la Comisión Europea deberá llegar a un consenso.

Una vez que se adopte la propuesta de restricción, las sustancias dentro del alcance se eliminarán de la Lista de autorización; esta es la primera vez que la ECHA toma tal medida. Se estima que la propuesta de restricción podrá adoptarse en tres años después de que la ECHA reciba la autorización.

Comentarios del CIRS

La autorización y la restricción forman una red de seguridad para el Reglamento REACH: a las sustancias de la lista de autorización se les concede un período de transición específico antes de ser retiradas progresivamente del mercado de la UE. En general, una sustancia no figura simultáneamente en ambas listas. Si una sustancia está restringida, no se agregará a la Lista de autorización. Es la primera vez que se restringe una sustancia tras ser incluida en la Lista de Autorización.

El trióxido de cromo no podrá introducirse en el mercado de la UE (su fecha de caducidad ha expirado) ya que el Tribunal de la Unión Europea ha anulado la autorización de sustancias que contienen trióxido de cromo. La propuesta de restricción significa que el trióxido de cromo se eliminará oficialmente del mercado de la UE.

La Comisión Europea también publicó un documento de preguntas y respuestas sobre REACH y sustancias de cromo (VI). Este documento de preguntas y respuestas también cubre las principales cuestiones relativas a la sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas que anula la autorización de un consorcio que cubre a muchos usuarios intermedios de trióxido de cromo (decisión Chemservice).

Fuente de www.cirs-group.com

La información establecida anteriormente es proporcionada por www.cirs-group.com independientemente de Alibaba.com. Alibaba.com no representa ni garantiza la calidad y confiabilidad del vendedor y los productos.

¿Le resultó útil este artículo?

Sobre el Autor

Deja un comentario

Su dirección de correo electrónico no será publicada. Las areas obligatorias están marcadas como requeridas *

Ir al Inicio