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Sustancias PFHxS reguladas como contaminantes orgánicos persistentes en la UE

Sustancias pfhxs reguladas como contaminantes orgánicos persistentes en la UE.

El 8 de agosto de 2023, la Comisión Europea publicó el Reglamento de la Comisión (UE) 2023/1608 para modificar el Reglamento de la Unión Europea (UE) 2019/1021 sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COP), al incluir el ácido perfluorohexanosulfónico (PFHxS), sus sales y compuestos relacionados con el PFHxS en el anexo I del Reglamento sobre COP de la UE. El Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial y será aplicable en todos los Estados miembros. Las revisiones específicas son las siguientes:

En la parte A del anexo I del Reglamento (UE) 2019/1021 se añade la entrada siguiente:

Sustancia'Ácido perfluorohexanosulfónico (PFHxS), sus sales y compuestos relacionados con el PFHxS
Por “ácido perfluorohexanosulfónico (PFHxS), sus sales y compuestos relacionados con el PFHxS” se entiende lo siguiente:
(i) ácido perfluorohexanosulfónico, incluido cualquiera de sus isómeros ramificados;
(ii) sus sales; y
iii) Compuestos afines del PFHxS que, a los efectos del Convenio, son cualquier sustancia que contenga el resto químico C6F13S- como uno de sus elementos estructurales y que se degrade a PFHxS.
No CAS.355-46-4 y otros
CE No.206-587-1 y otros
Exención específica sobre uso intermedio u otra especificación1. A efectos de la presente entrada, el artículo 4, apartado 1, letra b), se aplicará a concentraciones de PFHxS o cualquiera de sus sales iguales o inferiores a 0.025 mg/kg (0.0000025 % en peso), cuando estén presentes en sustancias, mezclas o artículos.
2. A efectos de la presente entrada, el artículo 4, apartado 1, letra b), se aplicará a la suma de concentraciones de todos los compuestos afines del PFHxS iguales o inferiores a 1 mg/kg (0.0001 % en peso), cuando sean presentes en sustancias, mezclas o artículos.
3. A efectos de la presente entrada, el artículo 4, apartado 1, letra b), se aplicará a concentraciones de PFHxS, sus sales y compuestos afines del PFHxS iguales o inferiores a 0.1 mg/kg (0.00001 % en peso), cuando está presente en mezclas concentradas de espumas contra incendios que se van a utilizar o se utilizan en la producción de otras mezclas de espumas contra incendios. Esta exención será revisada y evaluada por la Comisión a más tardar el 28 de agosto de 2026.

Acerca del PFHxS

El ácido perfluorohexanosulfónico (PFHxS) es un grupo de sustancias perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas (PFAS). Como sustituto del ácido perfluorooctano sulfónico (PFOS) y del ácido perfluorooctanoico (PFOA), el PFHxS se utiliza ampliamente en diversos productos, como espumas contra incendios, revestimientos metálicos, textiles, cuero, agentes de pulido, detergentes y limpiadores, revestimientos, así como en productos electrónicos y fabricación de semiconductores. Como resultado de su migración ambiental a larga distancia, es probable que el PFHxS tenga importantes efectos adversos en la salud humana y el medio ambiente. En 2017, la Agencia Europea de Sustancias Químicas (ECHA) incluyó el PFHxS y sus sales como sustancias extremadamente preocupantes (SVHC). En junio de 2022, el PFHxS, sus 147 sales y compuestos afines también se agregaron al anexo A del Convenio de Estocolmo sin exenciones.

Acerca de los COP

Los contaminantes orgánicos persistentes (COP) se refieren a contaminantes orgánicos que presentan características de persistencia, bioacumulación, semivolatilidad y alta toxicidad, ya sea que se produzcan de forma natural o se produzcan sintéticamente. Los COP tienen la capacidad de sufrir migraciones de largo alcance a través de diversos medios ambientales como el aire, el agua y los organismos vivos, lo que plantea amenazas importantes para la salud humana y el medio ambiente ecológico.

El reglamento de la Unión Europea sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COP), publicado en 2019, está diseñado para gestionar las sustancias enumeradas en el Anexo del Convenio de Estocolmo. Sus objetivos principales son:

  • Prohibir o restringir estrictamente la producción, comercialización y uso de COP;
  • Reducir las emisiones de COP de subproductos industriales;
  • Garantizar el almacenamiento seguro de COP restringidos; y
  • Garantizar la eliminación ambientalmente racional de los desechos que contienen COP o están contaminados por ellos.

Recordatorio cálido

La gestión de las sustancias PFAS es cada vez más estricta en todo el mundo. Las empresas relevantes deben monitorear de cerca las últimas políticas regulatorias y mantenerse a la vanguardia de las tecnologías de vanguardia para garantizar el cumplimiento y la seguridad de sus productos.

Fuente de www.cirs-group.com

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